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Agentes de Retención

Acceso al sistema
Si necesitás ayuda, podés ver el instructivo.

Resoluciones

Resoluciones generales que regulan el Regimen de Agentes de Retención:

Resolución General Nº 050/09

Resolución General Nº 055/092

Resolución General Nº 062/12

Resolución General Nº 003/15

Resolución General Nº 034/16

Resolución General Nº 035/17

Resolución General Nº 026/18

Resolución General Nº 044/18

Dirección
  • Chacabuco N° 881
    San Fernando del Valle de Catamarca
    Catamarca - Argentina
    Ver delegaciones

  • Horarios de atención:
    Lunes a Viernes de 7:30 a 13:30

Contacto
  • mesadeentradadgrentas@arcat.gob.ar
  • +54(0383)4437621/22
  • +54(0383) 4437752
  • WhatsApp! Comunicate al: 3834 294 255
    Los mensajes serán respondidos de Lunes a Viernes en horarios de 8:00hrs a 12:30hrs.
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Verificación de Valuación e Impuesto Inmobiliario

  • Este trámite deberá contener como obligatoria la Matrícula Catastral del inmueble sobre el que se solicita la verificación de la valuación fiscal y del impuesto inmobiliario. El nombre y el CUIL consignados deben corresponder al titular del inmueble cuya valuación fiscal y/o impuesto inmobiliario se solicita verificar.
  • Recibida la Solicitud la Agencia procederá a la verificación del inmueble de mención y de todo otro inmueble correspondiente al mismo titular.
  • Controlado dichos inmuebles y detectada la existencia de mejoras no declaradas y/o discordancias con los datos obrantes en el organismo, se procederá a intimar al titular para que realice la declaración de mejora, la cual tendrá carácter de declaración jurada.
  • Cualquier falsedad en los datos proporcionados producirá el revaluó automático de la propiedad imponiéndose a la misma el valor máximo establecido por la norma vigente.
  • Cumplido los pasos anteriores, en caso de corresponder, se actualizarán los valores de valuación fiscal e impuesto inmobiliario.

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